TÉCNICO EN INSTALACIÓN Y AMUEBLAMIENTO

Normativa Reguladora:

Competencia General.

La competencia general de este título consiste en instalar elementos de carpintería y estructuras de madera y muebles, realizando los procesos de mecanizado, montaje, ajuste y acabado, y cumpliendo las especificaciones de calidad, seguridad y protección ambiental.

Entorno profesional.

Las personas que obtienen este título ejercen su actividad en las empresas dedicadas al montaje e instalación de carpintería y amueblamiento y en la aplicación de productos de acabado para el retoque.

Las ocupaciones y puestos de trabajo más relevantes son los siguientes:

  • Jefe de equipos de carpinteros de madera.
  • Carpintero de armar en construcción.
  • Carpintero en general.
  • Carpintero de decorados.
  • Ebanista y trabajador asimilado.
  • Montador-instalador de muebles.
  • Fabricación de estructuras de madera y piezas de carpintería y ebanistería para la construcción.

Distribución Horaria del Grado D de Instalación y Amueblamiento, según la Resolución de 26 de junio de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional

Ciclo Formativo “Instalación y Amueblamiento”

Código: 15201

Código

Módulos Profesionales de Primero

Horas T.

Horas S.

0538

Materiales en Carpintería y Mueble.

128

4

0539

Soluciones Constructivas.

160

5

0540

Operaciones Básicas de Carpintería.

256

8

0541

Operaciones Básicas de Mobiliario.

192

6

0542

Control de Almacén.

64

2

1664

Digitalización Aplicada al Sistema Productivo GM.

32

1

1708

Sostenibilidad Aplicada al Sistema Productivo.

32

1

1709

Itinerario Personal para la Empleabilidad I.

96

3

 

Código

Módulos Profesionales de Segundo – 2025/2026

Horas T.

Horas S.

0156

Inglés Profesional GM.

70

2

0778

Planificación de la Instalación.

175

5

0779

Instalación de Mobiliario.

140

4

0780

Instalación de Carpintería.

245

7

0781

Instalación de Estructuras de Madera.

140

4

1710

Itinerario Personal para la Empleabilidad II.

105

3

771713

Proyecto Intermodular.

70

2

CTOP

Optativa.

105

3

La información proporcionada por este medio tiene carácter exclusivamente ilustrativo y no originará derechos ni expectativas de derecho. No nos hacemos responsables de un posible error u omisión en la información suministrada. Solo el texto de las disposiciones legales que se publiquen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tablones de anuncios de las dependencias administrativas tendrán la consideración de auténtico.